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Nombre del trámite o servicio: Registro a la Casa de Día del Pensionista
Clave: ICSA/07
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos
Dwight Morrow Núm. 20, Col. Centro C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 312 11 70 Ext. 1427
Web: http://www.institutodecredito.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Coordinación General de Prestaciones Económicas y Administración.
Administrador(a) de la Casa de Día del Pensionista Ext. 1503
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
En la calle Pino No. 1, Col. Palmira, Cuernavaca, Morelos. C. P. 62490. Teléfonos: (777) 312 53 45 y 312 11 70, Ext. 1503.  
 
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
Jubilados y Pensionistas afiliados al ICTSGEM, para registro a la Casa de Día del Pensionista.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Es un trámite personal.


Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? Mismo día.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Identificación Oficial con fotografía y firma 1
2 Certificado Médico expedido por el IMSS, ISSSTE o Secretaria de Salud 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin costo
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El original de identificación oficial es únicamente para cotejo y certificado médico para expediente.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
El trámite se realiza el mismo día una vez presentados los requisitos
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Lineamientos de Acceso y Permanencia de “La Casa de Día del Pensionista” del Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos, aprobado mediante acuerdo de Consejo número A9/SO285a/12-12-11, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4953, con fecha 15 de febrero de 2012.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Comisario Publico del Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos D. Morrow #20 Col. Centro, Cuernavaca Morelos. C.P. 62000 Tel. (777) 312 11 70 Ext. 1407 Correo electrónico: ictsgem.contraloria.morelos@gmail.com Comisario Publico del Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado de Morelos D. Morrow #20 Col. Centro, Cuernavaca Morelos. C.P. 62000 Tel. (777) 312 11 70 Ext. 1407 Correo electrónico: ictsgem.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.