Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Inspección y vigilancia de establecimientos educativos particulares, por alumno inscrito en cada ejercicio escolar (educación normal).
Clave: IEBEM/DN/01
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos
Nueva China Núm. S/N, Col. Lomas de Cortés, C.P. 62240, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Conmutador (777) 3 17 16 88, 3 17 16 87 y 3 17 07 67
Correo electrónico: direccion.general@iebem.edu.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Unidad administrativa: Dirección de Planeación Educativa Responsable del Trámite o Servicio: Subdirección de Acreditación, Incorporación, Revalidación y Evaluación. Teléfonos: 777 317 16 88 ext. 116 y 777 311 95 62
Correo electrónico: subdireccion.evaluacion@iebem.edu.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Solamente en la antes mencionada.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? La persona titular del derecho de incorporación o quien acredite la representación legal del titular del derecho o personal autorizado.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Presencial, por escrito.

Horario de Atención a la ciudadanía De Lunes a viernes Horario de atención: 8:00 a 15:00 hrs. Horario de Caja 8:30 a 13:30 hrs. (Por corte de Caja).
¿Plazo máximo de resolución? Inmediato.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Un año / Ciclo Escolar
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Recibo de pago 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Pago por Inspección y Vigilancia por alumno: $162.85 (1.5 UMA)
* Institución Bancaria que se encuentra dentro de las instalaciones del IEBEM (BANORTE) o cualquier sucursal (BANORTE). Caja de la Subdirección de finanzas del IEBEM. 1er. Piso de la Dirección de Administración.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Es requisito previamente haber sido autorizado el refrendo para el ciclo Escolar previsto en la Ley General de Educación en su Artículo 149, fracción VIII


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Con base al número de alumnos inscritos
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4472 de fecha 05 de julio de 2006, Artículo 99 Bis-1, Fracción X inciso a). Actualización valor UMA, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 10 de enero de 2024.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Comisario Público en el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos. Nueva China S/N Col. Lomas de Cortés C.P. 62240 Cuernavaca, Morelos. Teléfono (777) 3 17 81 24. Correo electrónico: comisaria@iebem.edu.mx Comisario Público en el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos. Nueva China S/N Col. Lomas de Cortés C.P. 62240 Cuernavaca, Morelos. Teléfono (777) 3 17 81 24. Correo electrónico: comisaria@iebem.edu.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.