Nombre del trámite o servicio: Informe sobre disposición testamentaria a Notarios, Autoridades Judiciales Clave: ISRyC/SAGN/91
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Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad: |
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta
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Instituto de Servicios Registrales y Catastrales Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor. Teléfono: 01(777) 314-47-86 Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
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Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
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Subdirección
de Archivo General de Notarías
Responsable:
Subdirector de Archivo General de Notarías
Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las
Palmas, Cuernavaca Mor.
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¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
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Ninguna otra.
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¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?
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Lo pueden
solicitar Notarios con apoyo de personal autorizado por medio de oficio, o Jueces a través de
oficio instructor entregado directamente por el interesado en el juicio, Este
informe se puede solicitar únicamente en los casos donde se llevan a cabo
juicios sucesorios testamentarios o Intestamentarios ante la autoridad civil o
el procedimiento no contencioso ante Notario Público. |
Beneficio
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Medio de presentación del trámite o servicio.
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Por medio
de Oficio original por duplicado, instruido por Autoridad Judicial local o de cualquier parte de la República mexicana,
vía exhorto donde solicite la existencia o no de disposición testamentaria.
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Horario de Atención a la ciudadanía
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Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.
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¿Plazo máximo de resolución?
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Siete días hábiles |
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
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Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
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Vigencia
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No tiene Vigencia.
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Inspección ligada al trámite o servicio.
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Ante el silencio de la autoridad aplica.
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Negativa ficta |
Costo y forma de determinar el monto:
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Área de pago:
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Costo: $1,249.00 que equivale a 11.50 UMAS,
De acuerdo al Artículo 82, Fracción X, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
El valor del UMA es de $108.57
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* El pago se realiza en:
• Sucursales Telecomm Telégrafos, lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 14:30 hrs.
• Cheque Certificado a nombre de: Gobierno del Estado de Morelos/Recaudación.
Depósitos en los siguientes bancos:
• BANCOMER: 753653
• CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01
Transferencia Electrónica:
• BBVA BANCOMER CLABE-INTERBANCARIA: 012914002007536536
• BBVA BANCOMER CIE: 753653
http://www.hacienda.morelos.gob.mx (reimprimir recibo digital)
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Abrir archivo adjunto:
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Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
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Observaciones Adicionales:
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El costo es por búsqueda por cada persona.
En caso de realizar su pago en línea, deberá de imprimir el recibo de pago (Comprobante Fiscal Digital) correspondiente y presentarlo al momento de solicitar su trámite en las oficinas.
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CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
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1.- Presentar los requisitos necesarios.
2.- Cubrir el costo establecido y exhibir recibo de pago en oficialía de partes de la Subdirección del Archivo General de Notarías del Estado de Morelos. El costo es por búsqueda de cada persona. No causa Ministerio Público, Tribunal Unitario Agrario y Juzgados Penales o Autoridades Federales.
3.- Análisis del trámite por parte del servidor público adscrito al área donde se ingresó el trámite.
4.- El informe se remite directamente al juzgado o dependencia, salvo los oficios provenientes de notarías. Para este trámite se aplica el Calendario Oficial.
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Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
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FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:
ARTÍCULO 128 Y 211. FRACCIÓN VI DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MORELOS
ARTÍCULO 645 BIS DEL CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS.
ARTÍCULO 428 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
ARTÍCULO 82, FRACCIÓN X DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS.
ARTÍCULO 15, 17, 21 Y 22 DE LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MORELOS.
ART. 17 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MORELOS
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PROTESTA CIUDADANA: |
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
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QUEJAS EN EL SERVICIO:
En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com
En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com |