Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Copias Certificadas
Clave: ISRyC/SAGN/92
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Instituto de Servicios Registrales y Catastrales
Zapote Núm. # 2, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 01(777) 314-47-86
Correo electrónico: isryc@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Subdirección de Archivo General de Notarías Responsable: Subdirector de Archivo General de Notarías Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor. 
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Lo pueden solicitar Notarios, Autoridades Judiciales o administrativas, Ministerio Público y Público en general siempre y cuando se acredite la titularidad, representación por medio de poder notarial o el interés jurídico. Se llevará a cabo en los siguientes casos: cuando los Notarios realicen alguna modificación o creación de una nueva escritura pública y la requieran como antecedente; cuando los jueces o agentes del ministerio público la requieran para la acreditación de un hecho ante ellos; y para el público en general (personas físicas), cuando sea de su interés el contenido de la escritura y acrediten previamente su personalidad.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Por medio de solicitud u oficio original por duplicado, instruido por Notario, Autoridad Judicial local o de cualquier parte de la República mexicana, vía exhorto donde solicite la existencia o no de disposición testamentaria.


Abrir archivo adjunto:    Descargar
Horario de Atención a la ciudadanía Módulo de Ventanilla de ingresos: 9:00 a.m. a 14:30 p.m., Módulo de Ventanilla de Entrega: 9:00 a.m. a 14:30 p.m.
¿Plazo máximo de resolución? Diez días hábiles.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No tiene Vigencia.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Solicitud preestablecida por el Instituto especificando Datos de la escritura de la que se pretende obtener el segundo testimonio (número de escritura, volumen y Notario). La solicitud se llena de manera presencial. 2
2 Identificación oficial, ya sea INE, IFE, cédula profesional o pasaporte. (La identificación debe encontrarse vigente en el momento de su presentación). Poder notarial en caso de que lo solicite un tercero. 1 1
3 Poder notarial o de designación de derecho vía judicial, cuando no se es parte en la escritura. 1 1
4 Documentos que acrediten el interés jurídico dentro del contenido de la escritura y su personalidad. 1 1
5 Póliza de pago de derechos con el concepto correcto de TELECOMM o impresa del portal de Hacienda. (Comprobante Fiscal Digital). NOTA: PAGO POR CADA UNA DE LAS COPIAS. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Costo $109.00 por la primera hoja. $16.00 por cada una de las siguientes hojas 0.15 (hasta 50 hojas). $11.00 por cada una de las siguientes hojas 0.10 (a partir de la 51 en adelante); (CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 79, FRACCIÓN IV, 82 FRACC. XII Y 109 FRACC. VIII INCISOS A), B) Y C) DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS. El valor del UMA es de $108.57
* El pago se realiza en: • Sucursales Telecomm Telégrafos, lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 14:30 hrs. • Cheque Certificado a nombre de: Gobierno del Estado de Morelos/Recaudación. Depósitos en los siguientes bancos: • BANCOMER: 753653 • CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 Transferencia Electrónica: • BBVA BANCOMER CLABE-INTERBANCARIA: 012914002007536536 • BBVA BANCOMER CIE: 753653 http://www.hacienda.morelos.gob.mx (reimprimir recibo digital)
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Si no es el titular, deberá anexar poder notarial. No causa Ministerio Público, Tribunal Unitario Agrario y Juzgados Penales. En caso de realizar su pago en línea, deberá de imprimir el recibo de pago (Comprobante Fiscal Digital) correspondiente y presentarlo al momento de solicitar su trámite en las oficinas.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
1.- Presentar los requisitos necesarios. 2.- Cubrir el costo establecido una vez hecho el conteo de hojas de la escritura con o sin anexos y exhibir recibo de pago en oficialía de partes de la Subdirección del Archivo General de Notarías del Estado de Morelos. 3.- Análisis del trámite por parte del servidor público adscrito al área donde se ingresó el trámite. 4.- Las Copias Certificadas se entregan una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles, de manera personal al solicitante al momento de mostrar el Acuse, o se envían directamente al juzgado o dependencia si el trámite se ingresó a través de Oficio de Autoridad. Para este trámite se aplica el Calendario Oficial.
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       ARTÍCULO 211. FRACCIÓN VIII DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 78, FRACCIÓN II, 82 FRACC. XII Y 109 FRACC. VII INCISOS A), B) Y C) DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 15, 17, 21 Y 22 DE LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MORELOS. ART. 17 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MORELOS
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com En caso de quejas o denuncias comunicarse con el Comisario Público del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos al teléfono: (777) 314-47-86 , con dirección en Calle Zapote #2 esquina Av. Morelos, Col. Las Palmas, Cuernavaca Mor., C.P. 62000 o a la dirección de correo electrónico isryc.contraloria.morelos@gmail.com


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.