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Nombre del trámite o servicio: Análisis de Consultas Fiscales Estatales
Clave: PF/SFAF/13
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Hacienda
Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3 29 22 00 ext. 1401 a la 1404
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Procuraduría Fiscal del Estado.
Subprocuraduría Fiscal de Asuntos Estatales.
Domicilio: Plaza de la Constitución número 3, primer piso, despacho 104-A, Col. Centro, Cuernavaca, Mor. C.P. 62000. Teléfono: (777)  3 18 22 54
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Las consultas deben presentarse directamente en las oficinas de la Procuraduría Fiscal.

¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Los contribuyentes, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados, bien sean personas físicas, morales o Dependencias de la Administración Pública Estatal o Federal, en relación con las disposiciones fiscales de carácter estatal, siempre que las mismas no sean materia de medios de defensa administrativos o jurisdiccionales que hubiesen sido interpuestos directamente o a través de representante por los propios interesados
 
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Por La consulta deberá presentarse cumpliendo por lo menos los siguientes requisitos: I. Constar por escrito firmado por el solicitante o su representante legal; II. Contener el nombre, la denominación o razón social, y, en su caso, la clave del Registro Federal de Contribuyentes o la clave del Padrón de Contribuyentes del Estado; III. Señalar la autoridad a la que se dirige; IV. Indicar, el domicilio para oír y recibir notificaciones y el nombre de la o las personas autorizadas para recibirlas; V. Los documentos que acrediten su personalidad cuando actúe a nombre de otro o de personas morales; y, VI. Señalar de manera clara y precisa la consulta planteada, sobre una situación real y concreta.


Horario de Atención a la ciudadanía Atención al público de lunes a viernes de las 08:00 a las 17:00 horas excepto días inhábiles. Presentación de solicitudes lunes a viernes de las 08:00 a las 15:00 horas excepto días inhábiles .
¿Plazo máximo de resolución? La respuesta a las consultas deberá emitirse en un plazo que no exceda de tres meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escrito firmado por el solicitante 1
2 Anexos 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Ninguna.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos Artículos 40, 41, 85, 86, 87, 88 y 89 del Código Fiscal para el Estado de Morelos; 9 fracción III, 13 fracciones VI, IX, XXIV, 23 fracciones XII, XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; y 4 fracción V, XX, 9 fracción I, 12 fracción LI, LXVIII, 13 fracciones II, XVIII, XXI, XXII y XLI, 17 fracción III, X, XIV y 30 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.