Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Expedición de Certificado de "No adeudo" por cada impuesto, derecho o contribución que comprenda.
Clave: RECAU/DVV/04
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Hacienda
Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3 29 22 00 ext. 1401 a la 1404
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Recaudación Coordinación de Recaudación / Departamento de Administración de Rentas Domicilio: Calle Himno Nacional s/n, esquina con Boulevard Benito Juárez, Col. Las palmas, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62050. Teléfono: 777310 09 21 ext. 129
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Dirección General de Recaudación en; Boulevard Benito Juárez esq. Himno Nacional s/n, Col. Las Palmas, Cuernavaca, Mor
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Lo presenta cualquier contribuyente que requiera un certificado de no adeudo de los impuestos estatales a que está obligado y/o quien requiere un recibo de pago de años anteriores al 2008.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Se presenta por medio de un formato de solicitud, mismo que es proporcionado directamente en las oficinas del Departamento de Administración de Rentas dependiente de la Coordinación de Recaudación Adscritas a la Dirección General de Recaudación (Calle Himno       Nacional s/n, esquina con Boulevard Benito Juárez (Sótano), Col. Las palmas, Cuernavaca, Morelos, o en su caso en las Administraciones de Rentas antes citadas, para obtener el formato de solicitud y los requisitos para llevar a cabo el servicio de expedición de copias certificadas.


Horario de Atención a la ciudadanía Horario de atención en oficinas recaudadoras es de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs. excepto días inhábiles.
¿Plazo máximo de resolución? 5 Días hábiles
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No Aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escrito de solicitud de Constancia de No Adeudo, firmado por el contribuyente o su representante legal; en el cual especifique nombre, denominación o razón social, R.F.C., domicilio fiscal, autoridad a la que lo dirige, propósito. Y/o constancia de recibo de pago de años anteriores al 2008. 1 1
2 En el momento de entregar la solicitud por escrito se genera la póliza de pago de la constancia de no adeudo para que lo realice su pago en el área de cajas 1
3 Identificación oficial (INE, licencia de conducir, pasaporte ó cédula profesional) del interesado. 1
4 Carta Poder 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Valor trámite en UMA´S 1 Valor de la UMA 108.57 valor trámite ordinario en pesos $ 109.00 valor tramite urgente en pesos $217.00 Conforme a la legislación vigente se aplica el efecto redondeo
* Con su póliza de pago en: Cuernavaca e instituciones bancarias autorizadas y en oficinas de Financiera para el Bienestar (antes telecom) o https://www.hacienda.morelos.gob.mx
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
En caso de que el interesado no pueda efectuar su trámite, puede designar un tercero con una carta poder requisitada y firmada en los rubros que la propia carta le marca, así como copias de la identificación oficial de las personas que en ella intervengan. Para los trámites de personas morales (empresas) en caso de no asistir el representante legal a efectuar el trámite, este puede autorizar a un tercero a través de una carta poder simple requisitada, anexando copia del poder notarial e identificaciones ofíciales de todas las personas que intervengan en la carta poder.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Articulo 41.- Del código Fiscal para el Estado de Morelos, Señale La autorización de Terceros para representar al Contribuyente mediante Carta Poder o Poder Notarial. Titulo Tercero, Capítulo II.- Del Código Fiscal para el Estado de Morelos, que trata de los derechos y Obligaciones de los Contribuyentes. Articulo 7.- De la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, que a la letra dice: La Secretaría interpretará para efectos administrativos las disposiciones de esta ley. Artículo 109 fracción VI y Articulo 110 de la Ley General de Hacienda para el Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Director de Contralorías Internas del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx La contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito Director de Contralorías Internas del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx La contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.