Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Solicitud de corrección a recibos oficiales y/o comprobante fiscal digital (Fe de Erratas).
Clave: RECAU/DVV/12
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Hacienda
Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3 29 22 00 ext. 1401 a la 1404
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Recaudación.
Coordinación de Recaudación. Domicilio: Calle Himno Nacional esquina con Boulevard Benito Juárez s/n, Colonia  Las Palmas, Cuernavaca, Morelos,  C.P. 62050. Teléfono: 310-09-21 ext. 126 Correo electrónico institucional: : saul.vazauez@morelos.gob.mx  
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Administración de Rentas Yautepec Domicilio: Calle Paseo Tlahuica esquina con Ganado, Col. Rancho Nuevo, Yautepec Morelos. Teléfono: (735) 394 02 80. Correo electrónico Institucional: rentas.yautepec@morelos.gob.mx 

Administración de Rentas Cuautla
 Dirección: Av. Zapata, Dr. José Parres #40 Col. Emiliano Zapata Cuautla,
Morelos.

Administración de Rentas  Jojutla   Dirección:  Av. Lázaro Cárdenas #307, Col. Cuauhtémoc, Jojutla, Correo electrónico institucional: rentas.jojutla@morelos.gob.mx

Administración de Rentas de Cuernavaca, Av. Plan de Ayala, #825, Col. Teopanzolco, Cuernavaca, Morelos, Correo Electrónico
nadia.galindo@morelos.gob.mx

Administración de Rentas Xochitepec Republica de costa Rica Esq. Haiti, $7 Col. Centro, Xochitepec,  Morelos. Correo Electrónico
rentas.Xochitepec@morelos.gob,mx

Administración de Rentas Jonacatepec  Av. Emiliano Zapata #17 Esq. Ignacio Aldama, Col Centro, Jonacatepec, Morelos, tel 735 35 500 10 Correo Electronico
rentas.jonacatec@morelos.gob.mx

Administración de Rentas Jiutepec Av centenario Esq. Av. De los 50 metros, Col. Civac, Jiutepec, Morelos tel 3204566.

Administración de Rentas Puente de Ixtla Av. Mexico, S/N Col[CGGR3] . Norte, Puente de Ixtla, Morelos,

Macro Modulo Calle Cuauhtemotzin, # 1 Col. Club de Golf, Cuernavaca, Morelos.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? La persona física o moral, que se percate que existe un error en su pago.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio.
El contribuyente deberá presentarse directamente en las oficinas de la Dirección General de Recaudación (Calle Himno Nacional s/n, esquina con Boulevard Benito Juárez, Colonia Las Palmas, (sótano), Cuernavaca, Morelos, o en su caso en las Administraciones de Rentas descritas, para obtener el formato de solicitud de corrección a recibos oficiales y/o comprobante fiscal digital (Fe de erratas), que contenga: Nombre del contribuyente, domicilio, a que municipio pertenece y plasmar los recibos oficiales con número de glosa que se van  a corregir, y el oficio debe dirigirse al Director General de Recaudación. 


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Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas
¿Plazo máximo de resolución? 3 días hábiles
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Permanente
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Requisitar formato de corrección a recibos oficiales, este formato le es proporcionado en el área del Departamento de Verificación y Validación al momento de solicitar la corrección 1
2 Recibo de pago original 1
3 Documento que certifique la corrección 1
4 Identificación oficial de la persona que realiza el servicio (credencial para votar, licencia de conducir, pasaporte ó cedula profesional). 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
“Ninguna¨”


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       La emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales se encuentra soportada en las siguientes disposiciones: • Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación • Regla II.2.20.10 y II.2.20.11 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal para el 2008 • Anexo 20 del Diario Oficial de la Federación del 21 de Diciembre de 2009
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx La Contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx La Contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.