Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Venta de planta
Clave: SDS/DGGAVP/35
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Sustentable
Av. Palmira Núm. 12, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 12 63 23
Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
Web: http://tramites.morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Gestión Ambiental. Dirección de Impacto Ambiental y Mejoramiento Ecosistémico   Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable Bajada Chapultepec No. 27, Col. Chapultepec, C.P. 62450, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 3175600 Horario: De 8:00 a 15:00 hrs. Correo electrónico: juanpablo.ocampo@morelos.gob.mx                              
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Toda persona física o moral que desee comprar planta forestal, ornamental o frutal, producida en los viveros forestales que tiene a su cargo la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Gobierno del Estado de Morelos. Este trámite se encuentra sujeto a la disponibilidad de árboles.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. “Para ingresar su trámite en la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, deberá considerar lo siguiente:

Durante la vigencia del semáforo epidemiológico en color rojo, la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable no brindará atención al público.

Durante la vigencia del semáforo epidemiológico en color naranja, la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable operará al 30% de aforo, por lo deberá utilizar el “Plataforma Integral de citas del Gobierno del Estado de Morelos” a través de la liga: citas.morelos.gob.mx, a fin de agendar una cita para recibir la atención requerida.             

Durante la vigencia del semáforo epidemiológico amarillo y verde, el Sistema de citas es una alternativa de atención, no obstante, pueden acudir directamente a la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable donde se le dará prioridad en la atención a la persona que se presente con cita, esto con el fin de evitarle al ciudadano que opte por esta opción, la espera en caso de que se presenten filas para la atención en las instalaciones antes mencionadas.”


Mediante escrito libre..

Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? Se resuelve dentro de un plazo de diez días hábiles.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Treinta días naturales.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Entregar un escrito libre donde se solicite la compra de planta existente en los viveros de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. 1 1
2 Factura o comprobante de pago de derechos. 1 1
3 Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte y/o cédula profesional) del solicitante responsable de la plantación. 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Los pagos deben realizarse conforme a los costos vigentes en la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos Artículo 85, fracción III, en materia de Mejoramiento Ecosistémico en los incisos y numerales que se describen a continuación: INCISO A) Venta de planta forestal de edad menor a un año, por unidad: Concepto Valor en U.M.A. Valor en pesos 1. En charola de un volumen de 170 ml hasta 250 ml 0.07 (UMA) $6.735 2. En charola de un volumen de 320 ml hasta 500 ml 0.1 (UMA) $9.622 3. En bolsa de un volumen de 0.5 litros hasta 1.36 litros (tamaño 15x25) 0.1 (UMA) $9.622 INCISO B) Venta de planta forestal de edad mayor a un año, por unidad: 1 En charola: 0.1 (UMA) $9.622 2. En bolsa de con capacidad mayor a 1.36 litros (tamaño 15X25) y hasta 5.68 litros (tamaño 25x35). 0.3 (UMA) $28.866 3. En bolsa de un volumen mayor a 5.68 litros (tamaño 25x35). 1 (UMA) $96.22 Valor actual de la U.M.A. $96.22 (ochenta y nueve pesos 62/100).
* Ingresar a la página de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Morelos https://www.hacienda.morelos.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios-en-linea/pagos para realizar un pago en línea con tarjeta de crédito o débito o generar una póliza de pago. 1. Pago electrónico con tarjeta de crédito o débito en https://www.hacienda.morelos.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios-en-linea/pagos. 2. Puedes realizar tu pago con depósito en efectivo en cualquier sucursal de los siguientes Bancos de la República Mexicana: a. Banorte: 42124 b. HSBC RAP: 2420 c. HSBC SPEI-PIRE: 021180550300024203 d. CITIBANAMEX convenio GOB MORELOS WS 4579/01. 3. Transferencia Bancaria: a. CITIBANAMEX convenio GOB MORELOS WS 4579/01. 4. Pago referenciado usando SPEI desde cualquier BANCA EN LÍNEA. 5. Pago con cheque BANAMEX, realizar pago sólo en sucursales BANAMEX. 6. Pago con cheque HSBC, realizar pago sólo en sucursales HSBC. 7. Pago con cheque BANCOMER, realizar pago sólo en sucursales BANCOMER. 8. Pago con cheque BANORTE y otros bancos, realizar pago sólo en sucursales BANORTE. Una vez que se confirme el pago, consultar el comprobante y/o CFDI en www.hacienda.morelos.gob.mx, utilizando la línea de captura de su póliza.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
1. Previo a la presentación del trámite, el interesado deberá hacer una llamada telefónica para verificar la disponibilidad de árboles. 2. Esperar una respuesta para indicar al solicitante que hay disponibilidad de árboles. 3. En caso de que se le haya informado al solicitante que sí existe disponibilidad de planta, debe ingresar a la página de internet https://www.hacienda.morelos.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios-en-linea/pagos seleccionar la opción SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE/ MEJORAMIENTO ECOSISTÉMICO/ VENTA DE PLANTA y elegir uno de los conceptos de pago, a fin de realizar el cálculo, pago o impresión de la póliza de pago para pagar en ventanilla de las sucursales bancarias autorizadas. IMPORTANTE: El pago se realizará únicamente si se notificó al solicitante que existe disponibilidad de planta. 4. Elaborar una solicitud (escrito libre) y adjuntar el comprobante de pago y entregarlos en la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable ubicada en Bajada Chapultepec No. 27, colonia Chapultepec, C.P. 62450, en Cuernavaca, Morelos. 5. Una vez entregados todos los requisitos se le entregará al solicitante el FORMATO DE ENTREGA DE PLANTA (FO-DGGA-DME-03) con el que podrá recoger la planta autorizada en el vivero indicado (vivero de Huajintlán, de Tetela del Volcán o de Ajuchitlán), en un horario de 7:00 a 13:00 horas de lunes a viernes.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
La venta de planta está sujeta a disponibilidad en los viveros. Así mismo se deberán presentar todos los documentos que en él se indican, mismos que deben ser legibles o en su defecto, se dará por hecho que se omitió su presentación, los originales son únicamente para cotejo.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 1 fracciones I y VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y ocho, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el cinco de junio del año dos mil dieciocho; Artículos 2, fracciones I, V y VII, 6, fracción III y 110 de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos, última reforma publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” 5773 el diecisiete de enero de dos mil veinte; Artículos 3 fracciones VIII y XXVII, 13 fracción XIX de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable publicada en el Diario Oficial de la Federación el cinco de junio del año dos mil dieciocho; Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4573, de fecha cinco de diciembre del año dos mil siete, última reforma publicada en el Periódico Oficial el primero de marzo del dos mil diecisiete; Artículo 11 fracciones de la XXXIII a la XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5774, de fecha veintidós de enero del dos mil veinte.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central de la Secretaría de la Contraloría, calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos: 3 29 22 00 Ext. 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Dirección de Contralorías Internas del Sector Central de la Secretaría de la Contraloría, calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos: 3 29 22 00 Ext. 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.