Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Opinión Técnica en el marco de los Programas de Desarrollo Urbano Sustentable
Clave: SDS/DGOTVU/S3
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Sustentable
Av. Palmira Núm. 12, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 12 63 23
Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
Web: http://tramites.morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Ordenamiento Territorial. Dirección de Regulación y Control de los Asentamientos Humanos.   Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable Bajada Chapultepec No. 25, Col. Chapultepec C.P. 62450, Cuernavaca, Morelos. Tel. (777) 3 17 56 00 y 3 13 49 28. Ext. 205 y 214 en un horario de 8:00 a 15:00 hrs. Correo electrónico:  raul.lopez@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Puede acceder a la plataforma digital https://ventanilladigital.morelos.gob.mx/
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Persona física  y/o moral, que desee conocer los usos de suelo compatibilidades y/o potencial de densificación de un predio determinado, conforme la normatividad aplicable en el Marco de los Programas de Desarrollo Urbano correspondiente
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio.
De manera presencial: Formato oficial de solicitud de trámite Opinión Técnica en el marco de los Programas de Desarrollo Urbano Sustentable., a través, de la Ventanilla Única de Tramites y Servicios de la secretaria de Desarrollo Sustentable.  De manera digital en https://ventanilladigital.morelos.gob.mx/



Horario de Atención a la ciudadanía De manera presencial: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs. Recepción de solicitudes en la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, ubicada en Bajada Chapultepec Núm. 25, Col. Chapultepec, C.P. 62450, Cuernavaca, Mor. De manera digital en https://ventanilladigital.morelos.gob.mx/
¿Plazo máximo de resolución? Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la recepción de los documentos que integrarán el expediente correspondiente en la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. y/o de manera digital en https://ventanilladigital.morelos.gob.mx/
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
Trámite en modalidad Presencial Persona Física
1 Formato de Solicitud de trámite Oficial que proporcione la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, o en la página de internet de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (CEMER). de conformidad con lo establecido en el artículo 9, fracción XIX, Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. 1 1
2 Comprobante de pago de derechos para la emisión de la Opinión Técnica correspondiente, de conformidad con lo estipulado en el artículo 85, fracción VI, inciso G), numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos 1
3 Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte y/o cédula profesional) del promovente, de conformidad con lo establecido en los artículos 21, 22 y 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos, vigente, de aplicación supletoria. 1 1
Trámite en modalidad Presencial Persona Moral
1 Formato de Solicitud de trámite Oficial que proporcione la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, o en su caso obtenerlo a través de la página de internet de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (CEMER), de conformidad con lo establecido en el artículo 9, fracción XIX, Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. 1 1
2 Comprobante de pago de derechos para la emisión de la Opinión Técnica correspondiente, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 85, fracción VI, inciso G), numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos 1
3 Identificación oficial con fotografía, vigente y legible (Credencial para votar, cédula profesional, pasaporte mexicano o documento migratorio), del representante y/o apoderado legal de la persona moral promovente, de conformidad con lo establecido en los artículos 21, 22 y 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos, vigente, de aplicación supletoria. 1
4 Acta constitutiva completa y legible, debidamente protocolizada ante Notario Público, de la persona moral promovente, de conformidad con lo establecido en los artículos 21, 22 y 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos, vigente, de aplicación supletoria. 1 1
Trámite ante la Ventanilla Digital Morelense (ESCANEADO) PERSONA FÍSICA
1 Formato de Solicitud de trámite Oficial disponible de la página de internet de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (CEMER). de conformidad con lo establecido en el artículo o 9, fracción XIX, Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. En archivo PDF 1 1
2 Comprobante de pago de derechos para la emisión de la Opinión Técnica correspondiente, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 85, fracción VI, inciso G), numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos En archivo PDF 1
3 Se deberá adjuntar Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte y/o cédula profesional) del promovente, de conformidad con lo establecido en los artículos 21, 22 y 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos, vigente, de aplicación supletoria. En archivo PDF 1
Trámite ante la Ventanilla Digital Morelense (ESCANEADO) PERSONA MORAL
1 Se deberá obtener la solicitud a través de la página de internet de la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria (CEMER). de conformidad con lo establecido en el artículo 9, fracción XIX, Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. En archivo PDF 1 1
2 Comprobante de pago de derechos para la emisión de la Opinión Técnica correspondiente, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 85, fracción VI, inciso G), numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. En archivo PDF 1
3 Identificación oficial con fotografía, vigente y legible (Credencial para votar, cédula profesional, pasaporte mexicano o documento migratorio del representante y/o apoderado legal de la persona moral promovente, de conformidad con lo establecido en los artículos 21, 22 y 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos, vigente, de aplicación supletoria. En archivo PDF 1
4 Acta constitutiva completa y legible, debidamente protocolizada ante Notario Público, de la persona moral promovente, de conformidad con lo establecido en los artículos 21, 22 y 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos, vigente, de aplicación supletoria. En archivo PDF. 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
En materia de opinión técnica: •1. Concepto De un predio, parcela o polígono sin compatibilidades de suelo Costo: 2.00 UMA $217.14 (Doscientos diecisiete pesos 14/100 M.N) Tarifa en UMA $108.57 (Ciento ocho pesos 57/100 M.N.) pesos. De conformidad con lo previsto en el Artículo 85 fracción VI inciso G) numeral 1, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. •2. Concepto: De un predio, parcela o polígono con compatibilidades de un solo uso de suelo. Costo: 6.00 UMA $ 651.42 (Seiscientos (cincuenta y un pesos 42/100 M.N.) Tarifa en UMA $108.57 (Ciento ocho pesos 57/100 M.N.). De conformidad con lo previsto en el artículo 85 fracción VI inciso G) numeral 2, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. •3. Concepto: Sobre compatibilidad de un proyecto o anteproyecto (sin planos arquitectónicos) ubicado en un predio, parcela o polígono. Costo: 6.00 UMA $651.42 (Seiscientos cincuenta y un pesos 42/100 M.N.) Tarifa en UMA $108.57 (Ciento ocho pesos 57/100 M.N.). De conformidad con lo previsto en el artículo 85 fracción VI inciso G) numeral 3, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. •4. Concepto. Sobre compatibilidad de un proyecto o anteproyecto (anexando planos arquitectónicos) sobre un predio, parcela o polígono. Costo: 8.00 UMA $868.56 (Ochocientos sesenta y ocho pesos 56/100 M.N.) Tarifa en UMA $108.57 (Ciento ocho pesos 57/100 M.N.). De conformidad con lo previsto en el artículo 85 fracción VI inciso G) numeral 4, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. •5. Concepto. Sobre el potencial de densificación (poblacional o de vivienda) sobre un predio, parcela o polígono. Costo: 15.00 UMA $1,628.55 (Un mil seiscientos veintiocho pesos 55/100 M.N.) Tarifa en UMA $108.57 (Ciento ocho pesos 57/100 M.N.). De conformidad con lo previsto en el artículo 85 fracción VI inciso G) numeral 5, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. • 6. Concepto Sobre el potencial de densificación (poblacional o de vivienda) sobre un predio, parcela o polígono (anexando planos arquitectónicos)). • Costo: 20.00 UMA $2,171.40 (Dos mil ciento setenta y un pesos 40/100 M.N.) Tarifa en UMA $108.57(Ciento ocho pesos 57/100 M.N.). De conformidad con lo previsto en el artículo 85 fracción VI inciso G) numeral 6, de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
* http://www.hacienda.morelos.gob.mx onde se podrá descargar una póliza para poder realizar el pago con depósito en efectivo en cualquier sucursal de los siguientes Bancos de la República Mexicana: • BANORTE; 42124 o HSBC RAP 2420 o HSBC SPEI-PIRE: 021180550300024203 Pago en efectivo en Sucursal y a través de Transferencia Bancaria en CITIBANAMEX convenio GOB MORELOS WS 4579/01 • Pago referenciado usando SPEI desde cualquier BANCA EN LÍNEA. • Pago con cheque BANAMEX, realizar pago sólo en sucursales BANAMEX. • Pago con cheque HSBC, realizar pago sólo en sucursales HSBC. • Pago con cheque BANCOMER, realizar pago sólo en sucursales BANCOMER. • Pago con cheque BANORTE y otros bancos, realizar pago sólo en sucursales BANORTE. Para Obtener el comprobante Fiscal Digital (CFDI), se deberá ingresar a la siguiente dirección: http://www.hacienda.morelos.gob.mx https://www.hacienda.morelos.gob.mx/ • Donde se podrá descargar una póliza para poder realizar el pago con depósito en efectivo en cualquier sucursal de los siguientes Bancos de la República Mexicana: o Banorte: 42124 o HSBC RAP: 2420 o HSBC SPEI-PIRE: 021180550300024203 • Pago en efectivo en Sucursal y a través de Transferencia Bancaria en CITIBANAMEX convenio GOB MORELOS WS 4579/01 • Pago referenciado usando SPEI desde cualquier BANCA EN LÍNEA. • Pago con cheque BANAMEX, realizar pago sólo en sucursales BANAMEX. • Pago con cheque HSBC, realizar pago sólo en sucursales HSBC. • Pago con cheque BANCOMER, realizar pago sólo en sucursales BANCOMER. • Pago con cheque BANORTE y otros bancos, realizar pago sólo en sucursales BANORTE. Para Obtener el comprobante Fiscal Digital (CFDI), se deberá ingresar a la siguiente dirección: http://www.hacienda.morelos.gob.mx
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
En la modalidad Presencial. De manera complementaria a los requisitos antes señalados y a fin de poder analizar de manera más precisa la información contenida en Opinión Técnica en el Marco de los Programas de Desarrollo Urbano Sustentable se recomienda proporcionar, así como considerar para dicho Estudio la siguiente información: 1. Croquis de localización del predio o parcela de interés con suficientes referencias del entorno (nombre de calles y edificaciones relevantes), En formato Google Earth o Google Maps de forma impresa o digital, indicando las coordenadas geodésicas en proyección Universal Transversa del Mercator UTM de cada uno de los vértices que conforman la delimitación de su superficie 2. Presentar plano arquitectónico en formato impreso o digital según sea el caso correspondiente (90x60) donde se indique el proyecto que se pretende analizar. En la modalidad Digital. De manera complementaria a los requisitos antes señalados y a fin de poder analizar de manera más precisa la información contenida en Opinión Técnica en el Marco de los Programas de Desarrollo Urbano Sustentable, se recomienda proporcionar, así como considerar para dicho Estudio la siguiente información: 1. Obtener la póliza de pago de derechos respectiva desde la página https://www.hacienda.morelos.gob.mx/, y para confirmar su pago puede ingresar a la página de https://www.hacienda.morelos.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios-en-linea/comprobantes-de-pago; 2. Croquis de localización del predio o parcela de interés con suficientes referencias del entorno (nombre de calles y edificaciones relevantes), En formato Google Earth o Google Maps de forma impresa o digital, indicando las coordenadas geodésicas en proyección Universal Transversa del Mercator UTM de cada uno de los vértices que conforman la delimitación de su superficie 3. Presentar plano arquitectónico en formato impreso o digital según sea el caso correspondiente (90x60) donde se indique el proyecto que se pretende analizar.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Que el promovente cumpla con todos y cada uno de los términos, condiciones y requisitos normativos para la presentación del trámite. La presentación de los requisitos no garantiza la emisión del trámite correspondiente en sentido afirmativo
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 1, 9 fracción XIII, 14, 33 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; última reforma publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” del Estado de Morelos, No. 5984 de fecha 09 de septiembre de 2021. • Artículos 4, fracción IX, 5, fracción X, 1721, 22, 24 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos; vigente, última reforma publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” del Estado de Morelos, No. 6168 de fecha 08 de febrero de 2023, de aplicación supletoria • Artículo 85 Fracción VI inciso G) Numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; última reforma publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad“ No. 6166 de fecha 01 de febrero de 2023. • Artículos 9, fracciones XIX, y 10, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Sustentable, vigente, última reforma, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” del Estado de Morelos, No. 5774 de fecha 22 de enero de 2020.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      • Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 329 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: www.contraloria@morelos.gob.mx. • Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 329 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: www.contraloria@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.