Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Autorización de combustión a cielo abierto con fines de capacitación.
Clave: SDS/DGPA/48
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Sustentable
Av. Palmira Núm. 12, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 12 63 23
Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
Web: http://tramites.morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Unidad Administrativa: Dirección General de Gestión Ambiental  Dirección Operativa: Dirección de Calidad del Aire
Tel. (777) 3 17 56 00 ext. 105
Correo electrónico: simaem@morelog.gob.mx
                                     
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?
Puede acceder a la plataforma digital
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Personas físicas o morales que requieran llevar a cabo una quema de combustible a cielo abierto con fines de capacitación en materia de atención a contingencias y
emergencias ambientales.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio.
De manera presencial en la Ventanilla Única de Trámites y Servicios de la Secretaría de Desarrollo  Sustentable ubicada en Bajada Chapultepec No. 25 Col. Chapultepec, Cuernavaca
Morelos. Presentando los documentos mencionados en el apartado de “Requisitos y documentos anexos que se
requieren”.
De manera digital en https://ventanilladigital.morelos.gob.mx/


Abrir archivo adjunto:    Descargar
Horario de Atención a la ciudadanía De manera presencial: De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. De manera digital: Cualquier horario
¿Plazo máximo de resolución? Cinco días hábiles contados a partir de día siguiente en que presentó la solicitud.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Sólo durante el día del evento.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud de autorización de combustión a cielo abierto con fines de capacitación. 1 1
2 Identificación oficial de la persona que solicita (INE, Pasaporte). 1
3 Poder notarial en caso de personas morales. 1
4 Acta constitutiva de la empresa en caso de personas morales (hoja donde aparece el nombre de su razón social). 1
5 Comprobante de pago de derechos del trámite de “Autorización de combustión a cielo abierto con fines de capacitación” por la cantidad de $760.00 1
6 Croquis del establecimiento, indicando en que parte se realiza la capacitación. 1
Trámite ante la Ventanilla Digital Morelense
1 Formato de solicitud de autorización de combustión a cielo abierto con fines de capacitación (En archivo digital). 1
2 Identificación oficial de la persona que solicita (INE, Pasaporte), (En archivo digital). 1
3 Poder notarial en caso de personas morales (En archivo digital) 1
4 Acta constitutiva de la empresa en caso de personas morales (hoja donde aparece el nombre de su razón social), (presentar en archivo digital). 1
5 Comprobante de pago de derechos del trámite de “Autorización de combustión a cielo abierto con fines de capacitación” por la cantidad de $760.00 (En archivo digital) 1
6 Croquis del establecimiento, indicando en que parte se realiza la capacitación (En archivo digital). 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
7.00 UMAS equivalente a $759.99 (Setecientos cincuenta y nueve pesos 99/100 M.N.), por cada evento a realizar. De conformidad con lo que establece el artículo 85, fracción I, inciso A), numeral 1 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
* Para generar su póliza de pago, es necesario ingresar a la siguiente página de Internet: http://www.hacienda.morelos.gob.mx. Pasos a seleccionar: 1) PAGOS; 2) DESARROLLO SUSTENTABLE; 3) CALIDAD DEL AIRE; 4) PÚBLICO EN GENERAL Y, 5) FUENTES FIJAS, COMBUSTIÓN A CIELO ABIERTO • Una vez generada la póliza, puedes realizar tu pago con depósito en efectivo en cualquier sucursal de los siguientes Bancos de la República Mexicana: o Banorte: 42124 o HSBC RAP: 2420 o HSBC SPEI-PIRE: 021180550300024203 • Pago en efectivo en Sucursal y a través de Transferencia Bancaria en CITIBANAMEX convenio GOB MORELOS WS 4579/01 • Pago referenciado usando SPEI desde cualquier BANCA EN LÍNEA Tienes hasta el 2023-11-24 para realizar el depósito. • Pago con cheque BANAMEX , realizar pago sólo en sucursales BANAMEX • Pago con cheque HSBC, realizar pago sólo en sucursales HSBC. • Pago con cheque BANCOMER, realizar pago sólo en sucursales BANCOMER. • Pago con cheque BANORTE y otros bancos, realizar pago sólo en sucursales BANORTE. • Pago en efectivo en sucursales de BANCO AZTECA Una vez confirmado el pago, podrás consultar tu comprobante y/o CFDI en www.hacienda.morelos.gob.mx, utilizando la línea de captura de tu póliza. Si realiza su pago, por medio del SPEI, es importante que en el rubro de Concepto o Referencia de pago, según su banca en línea, ingrese únicamente el número de Línea de Captura, de lo contrario la transferencia será denegada por el banco. Si pagas por medio de SPEI o en sucursales HSBC, tu comprobante lo podrás consultar en 30 minutos en www.hacienda.morelos.gob.mx, utilizando la línea de captura de tu póliza. Si realiza su pago, por medio del SPEI o en ventanilla bancaria de los bancos de BBVA, Banamex y Santander los pagos se acreditaran de 1 a 2 días hábiles.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El trámite deberá realizarse con cinco días de anticipación a la fecha de evento sin distinción alguna. La resolución del trámite presencial será entregada en las instalaciones dónde se presentó la solicitud.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
La solicitud debe cumplir con todos los requisitos del trámite señalados por esta autoridad.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 130 fracción II de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Morelos. Artículo 85 fracción I, inciso A), numeral 1 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, publicado en el periódico oficial “Tierra y Libertad”. Artículo 1, 4 fracción IX, 5 fracción XI, 8,9, 17, 21, 22, 24, 57 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva, número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 777 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva, número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 777 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.