Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Admisión general al Parque Estatal Urbano Barranca de Chapultepec
Clave: SDS/DPEUBCH/01
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Sustentable
Av. Palmira Núm. 12, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 12 63 23
Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
Web: http://tramites.morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección del Parque Estatal Urbano Barranca de Chapultepec Bajada Chapultepec número 27, colonia Chapultepec, Cuernavaca Morelos C.P. 624520. Teléfonos: 777 1 00 05 89 ó 777 100 05 90 Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Las personas interesadas en acceder al Parque Estatal Urbano Barranca de Chapultepec.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. La persona interesada en acceder a las instalaciones del Parque Estatal Urbano Barranca de Chapultepec podrá solicitar de manera verbal el boleto de entrada a dichas instalaciones en la Taquilla del Parque Estatal Urbano Barranca de Chapultepec, previo pago de derechos.

Horario de Atención a la ciudadanía Martes a Domingo en un horario de 10:00 a 17:00 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? Se resuelve de manera inmediata.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Es válido únicamente por el día que se compra el boleto.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
No se requiere documento para el acceso.


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Admisión General: La cantidad en UMA equivalente a $10.00 (Diez pesos 00/100 M.N.)
* * Taquilla del Parque Estatal Urbano Barranca de Chapultepec
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Adultos mayores y discapacitados exentos del pago de admisión al Parque Estatal Urbano Barranca de Chapultepec


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 85 Fracción VIII numeral “A1” de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4472, de fecha 2 de Enero del 2019, y decreto número seiscientos cincuenta y nueve del periódico oficial “Tierra y libertad” 5777 de fecha 29 de enero de 2020.- Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal para el Estado de Morelos, de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Morelos y de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos y en el Artículo 13 Fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, llevar un registro y control de los pagos de contribuciones realizados por los usuarios.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central Calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 777 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central Calle Francisco Leyva número 11, colonia Centro, C.P. 62000. Edificio Mina. Teléfonos 777 3 29 22 00 ext. 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.