Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Registro de Cédula Profesional a Nivel Estatal.
Clave: SE/DFEP/54
Trámite o Servicio: Trámite
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Educación
Palacio de Gobierno, Segundo Piso Núm. s/n, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329-2370, 777 3292376, 777 3292300
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Educación Media Superior y Superior Dirección de Fortalecimiento Educativo y Profesiones  Mtra. Laura del Rayo Cortés Ortega Correo Electrónico: profesiones.mor@gmail.com Tel. 3 11 95 87
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.


¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Persona que cuenta con Cédula Profesional y requiere registro a nivel estatal para ejercer como Profesionista.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Ingresar a la  https://registroprofesionistas.morelos.gob.mx/ para cargar su información y posterior a la carga de información se genera la Solicitud de Registro de Cédula Profesional a Nivel Estatal, misma que debe presentar de forma presencial.

Generar cita a través de la página https://ventanilladigital.morelos.gob.mx/


Abrir archivo adjunto:    Descargar
Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes en horario de 8:00 a 13:30 horas en calle nueva China sin número Lomas de Cortes, Cuernavaca, Morelos C.P. 62240. (Debido al corte para la elaboración de los trámites ingresados en el día)
¿Plazo máximo de resolución? 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que presente su solicitud y documentación completa a disposición en el Artículo 69, de la Ley sobre el Ejercicio de las Profesiones en el Estado de Morelos.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Permanente, siempre y cuando prevalezcan las condiciones bajo las cuales se otorgó en la Fracción III del Artículo 101 del Capítulo décimo primero de Registro de títulos profesionales, expedición de cédulas y conexos de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Solicitud de Registro de Cédula Profesional. La solicitud debe generarse a través de la página https://registroprofesionistas.morelos.gob.mx/. En la pagina antes proporcionada deberá cargar lo siguiente: • Fotografía digital (rostro despejado fondo liso) • Cedula Profesional escaneada • Comprobante de pago de derechos escaneado 1
2 Cédula profesional expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaría de Educación Pública 1 1
3 Comprobante de pago de derecho (una vez pagado tiene la vigencia de un mes) 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Total $ 271.00 Equivalente a 2.50 UMA https://www.hacienda.morelos.gob.mx/ en Fracción III del Artículo 101 del Capítulo décimo primero de Registro de títulos profesionales, expedición de cédulas y conexos de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos y de acuerdo a políticas internas de la Dirección de Fortalecimiento Educativo y Profesiones, adscrita a la Dirección General de Educación Media Superior y Superior la vigencia de pago es de: 60 días hábiles
* En los 74 centros de cobro autorizados en el Estado, Telecom y en cualquier institución bancaria de su preferencia.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El Ciudadano debe de realizar un registro previo en la página https://registroprofesionistas.morelos.gob.mx/ , con la finalidad de generar su Solicitud de Registro de Cédula Profesional a Nivel Estatal, en la página antes mencionada debe de cargar su fotografía, su cédula profesional (escaneado) y comprobante de pago. Se verificará que la Cédula Profesional presentada, se encuentre en el Registro Nacional de Profesionistas de la Dirección General de Profesiones. Al ingresar en la página de https://www.hacienda.morelos.gob.mx/ el ciudadano se tendrá que dirigir a: Pagos > Educación > Cédulas (doble click) > Cédula Profesional. Lo anterior para obtener la póliza de pago. Los requisitos se podrán encontrar en el Manual de Políticas y Procedimientos Dirección General de Educación Media Superior y Superior.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Formato de solicitud de registro de cédula debidamente requisitado, cumplir con la entrega de los documentos requeridos. Se verificará que la Cédula presentada se encuentre en el Registro Nacional de Profesionistas de la Dirección General de Profesiones.
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 1, 2, 14, 99 y 100 de la Ley de Educación del Estado de Morelos; Fracción III del Artículo 101 del Capítulo décimo primero de Registro de títulos profesionales, expedición de cédulas y conexos de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; Articulo 1, CRI 4.3.7 de La Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos, correspondiente al ejercicio fiscal del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro; 1, y 3del Reglamento de la Ley de Educación del Estado de Morelos en Materia de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior y Artículos 1, 3, 4 Fracción III, 9, y 11 fracciones XXII y XXIII , del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación. Artículo 69, de la Ley sobre el Ejercicio de las Profesiones en el Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Contraloría interna del sector educativo, Calle Francisco Leyva No. 1, Col. Centro, Cuernavaca Mor., C.P. 62000, Edificio "MINA" 2do. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas. Teléfono Conmutador: 01(777) 3-29-22-00 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx. Contraloría interna del sector educativo, Calle Francisco Leyva No. 1, Col. Centro, Cuernavaca Mor., C.P. 62000, Edificio "MINA" 2do. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas. Teléfono Conmutador: 01(777) 3-29-22-00 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.