Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Asesoría y Gestión a Grupos y Asociaciones Religiosas
Clave: SG/DGAR/09
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Gobierno
Casa Morelos, Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Teléfono: (777) 329-22-00
Correo electrónico: uip.gobierno@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Asuntos Religiosos
Director General de Asuntos Religiosos
Director (a) de la Dirección de Normatividad y Gestión para Asuntos Religiosos.
Director (a) de la Dirección de Registro, Información y Estadísticas Religiosas.
Calle Galeana No. 14 departamentos 2 y 3 Col. Centro, Cuernavaca, Morelos CP 62000 Tel 01 777 310 27 46 correo: asuntos.religiosos@morelos.gob.mx
http://http//goo.gl/maps/7lEsH
Director General de Asuntos Religiosos
Director (a) de Registro, Información y Estadísticas Religiosas.
Director (a) de de Normatividad y Gestión para Asuntos Religiosos. 
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? El servicio lo solicitan los Grupos y Asociaciones Religiosas y la ciudadanía en general que requiere información o gestión en materia religiosa (registros, altas y bajas de templos y ministros de culto y quejas).
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Solicitar mediante oficio o formato de petición dirigido a Director (a) General, con los siguientes datos: Nombre, dirección y teléfono, denominación religiosa, ubicación de la misma, (detallar ampliamente el asuntos solicitado).           

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Horario de Atención a la ciudadanía 8:00 a 17:00 horas Lunes a Viernes.
¿Plazo máximo de resolución? Mismo día
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No Aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud de petición en PDF 1 0


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No. Aplica
* No aplica.
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Formato de solicitud de petición se obtiene en la oficina del Dirección General en el momento de su atención.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No. Aplica
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Art. 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina, 1er. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, e-mail: contraloria@morelos.gob.mx. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina, 1er. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, e-mail: contraloria@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.