Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Autorización de Registro Extemporáneo de Defunción
Clave: SG/DGRC/11
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Gobierno
Casa Morelos, Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: Teléfono: (777) 329-22-00
Correo electrónico: uip.gobierno@morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General del Registro Civil. 
Encargado (a) de Trámites y Servicios.
Calle: de la Luz # 88, Col. Chapultepec, C.P. 62450, Cuernavaca, Morelos Tels. (01 777) 3-22-16-21 y 3-22-45-93 ext. 101
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? En la Dirección General del Registro Civil.

¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Familiares del difunto o persona con interés jurídico a través de la Oficialía en donde pretende registrar la defunción.   Este trámite es para obtener la autorización de la Dirección General de Registro Civil para registrar la defunción después de un año y hasta cinco años de ocurrida y solo que no haya sido en forma violenta.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Se presenta mediante el formato denominado Solicitud para Registro Extemporáneo de Defunción.


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Horario de Atención a la ciudadanía 8:30 hrs. a 15:00 hrs. de Lunes a Viernes NOTA: Debiendo tener en cuenta los turnos dados para dicho trámite.
¿Plazo máximo de resolución? Cinco días hábiles
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato Solicitud para Registro Extemporáneo de Defunción llenada y firmada por un familiar directo. En caso de no acudir a realizar el trámite el familiar que suscribe la solicitud, deberá presentar carta poder con dos testigos e identificación oficial de los testigos y el apoderado. 1 0
2 Certificado Médico de Defunción (En caso de robo o extravío levantar acta ante el Ministerio Público). https://cemer.morelos.gob.mx/?q=tramite&tramite=SDS/DPE/01 1 1
3 Copia certificada actualizada o cotejada del acta de nacimiento del finado, de reciente expedición que contenga la Clave Única de Registro de Población (CURP). https://cemer.morelos.gob.mx/?q=tramite&tramite=SG/DGRC/17 1 1
4 Identificación del finado, en caso de que la tenga (Credencial de elector, Constancia de Residencia, Pasaporte, Cartilla de Servicio Militar, Licencia de conducir o Cédula profesional). 1 1
5 2 Fotografías de la tumba donde aparezcan los datos del finado, en caso de que exista. 1 0
6 Original y copia del documento expedido por la administración del panteón donde se haga constar que se realizó la inhumación. 1 0
7 Orden de inhumación expedida por el Oficial del Registro Civil. 1 1
8 Constancia de Inexistencia de Registro de Defunción otorgada por el Oficial del Registro Civil donde falleció el finado donde ocurrió la defunción. https://cemer.morelos.gob.mx/?q=tramite&tramite=SG/DGRC/14 1 0
9 Documentos con que se acredite, en su caso, el parentesco del promovente con el finado. 1 1
10 Identificación oficial del promovente. (Credencial de elector, Constancia de Residencia, Pasaporte, Cartilla de Servicio Militar, Licencia de conducir o Cédula profesional). 1 1
11 En caso de que el fallecimiento haya ocurrido en un lugar o población en que no haya Oficialía del Registro Civil, la autoridad Municipal extenderá la constancia respectiva, para ser enviada al Oficial del Registro Civil que corresponda y que servirá para asentar el Acta. 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El Director General valorará en su conjunto, la procedencia del registro extemporáneo de defunción. En caso negativo remitirá respuesta negativa a los interesados para que, en su caso, hagan valer otros derechos o acciones a que haya lugar.Después del término de cinco años la autorización para la inscripción extemporánea de defunción será por la vía judicial.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 419, 473 y 474 del Código Familiar del Estado Libre y Soberano de Morelos (publicado en el P.O. el 06 de septiembre del 2006); 22 fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos (publicada en el P.O. el 04 de septiembre del 2018); 4 fracción IX, 6 fracción II, 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno (publicada en el P.O. el 10 de enero del 2019); 30, 31 32 y 33 del Reglamento del Registro Civil del Estado de Morelos (publicado en el P.O. el 05 se septiembre del 2012).
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 1er. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, contraloria@morelos.gob.mx, Asimismo en las oficinas de la Dirección General del Registro Civil existe un Buzón de quejas y denuncias instalado por el órgano de control interno antes mencionado. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, Calle Francisco Leyva # 11 Col Centro C.P. 62000 Cuernavaca, Morelos. Edificio Mina 1er. Piso. Horario de atención 8:00 a 17:00 horas Teléfono 777-3-29-22-00, contraloria@morelos.gob.mx, Asimismo en las oficinas de la Dirección General del Registro Civil existe un Buzón de quejas y denuncias instalado por el órgano de control interno antes mencionado.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.