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Nombre del trámite o servicio: RECURSO DE REVOCACIÓN EN MATERIA ESTATAL
Clave: SH/SFAF/23/2020
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Hacienda
Plaza de Armas Núm. s/n, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 3 29 22 00 ext. 1401 a la 1404
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Procuraduría Fiscal del Estado Subprocuraduría Fiscal de Asuntos Estatales. Plaza de la Constitución, Número 3, Despacho 104-A, Primer Piso, Colonia Centro, Municipio de Cuernavaca, Estado de Morelos, código postal 62000. Teléfono: (777) 318-22-54.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? El escrito de interposición del recurso deberá presentarse ante la autoridad que emitió o ejecutó el acto, o, ante la Procuraduría Fiscal. Si el particular tiene su domicilio fuera de la población en que radique la Procuraduría Fiscal, el escrito de interposición del recurso podrá presentarse en la oficina exactora más cercana a dicho domicilio, quien deberá remitirlo, a la Procuraduría Fiscal, inmediatamente después de la fecha de su interposición.   El escrito de interposición del recurso podrá enviarse a la autoridad competente o a la que emitió o ejecutó el acto, por correo certificado con acuse de recibo, siempre que el envío se efectúe desde el lugar en que resida el recurrente. En estos casos, se tendrá como fecha de presentación del escrito respectivo, la del día en que se entregue o se deposite en las Oficinas Postales del Servicio Postal Mexicano.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Las personas físicas y morales que se ubiquen en cualquiera de las hipótesis de procedencia del recurso de revocación.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. El recurso administrativo deberá presentarse cumpliendo por lo menos los siguientes requisitos:   I. Constar por escrito firmado por el recurrente o su representante legal; II. Contener el nombre, la denominación o razón social, y, en su caso, la clave del Registro Federal de Contribuyentes o la clave del Padrón de Contribuyentes del Estado; III. Señalar la autoridad a la que se dirige; IV. Indicar, el domicilio para oír y recibir notificaciones y el nombre de la o las personas autorizadas para recibirlas; y, V. Los documentos que acrediten su personalidad cuando actúe a nombre de otro o de personas morales; VI. La resolución o el acto que se impugna; VII. Los agravios que le cause la resolución o el acto impugnado; y, VIII. Las pruebas y los hechos controvertidos de que se trate.

Horario de Atención a la ciudadanía Atención al público de lunes a viernes de las 08:00 a las 17:00 horas excepto días inhábiles. Presentación del escrito del Recurso de Revocación de lunes a viernes de las 08:00 a las 15:00 horas excepto días inhábiles.
¿Plazo máximo de resolución? La autoridad deberá dictar resolución y notificarla en un término que no excederá de tres meses, contados a partir de la fecha de interposición del recurso o de la fecha en que se haya satisfecho la prevención, para que se corrija o complete el recurso intentado.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Los documentos que acrediten su personalidad cuando actúe en nombre de otro o de personas morales; 1 1
2 El documento en que conste el acto impugnado; N/A 1
3 Constancia de notificación del acto impugnado, en su caso; N/A 1
4 Las pruebas que considere pertinentes; y, 1 N/A
5 La garantía del interés fiscal. 1 N/A


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
No aplica
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Documentos que deben acompañar el escrito de interposición del recurso de revocación: El recurrente o promovente deberá adjuntar a su escrito: I. Los documentos que acrediten su personalidad cuando actúe en nombre de otro o de personas morales; II. El documento en que conste el acto impugnado; III. Constancia de notificación del acto impugnado, en su caso; IV. Las pruebas que considere pertinentes; y, V. La garantía del interés fiscal.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
No aplica
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230 y 231 del Código Fiscal para el Estado de Morelos; 9 fracción III, 13 fracción VI, XI, XXIV, 23 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 4 fracción V, XX, 9 fracción I, 11, 12 fracciones XLVIII, LI, 13 fracciones II, XVIII, XXX, XLIV, 17 fracción XX y 30 fracciones X y XVI del Reglamento interior de la Secretaría de Hacienda
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      QUEJAS EN EL SERVICIO: Dirección de Contralores Internos del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Correo electrónico institucional: contraloria@morelos.gob.mx Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. La Contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito. QUEJAS EN EL SERVICIO: Dirección de Contralores Internos del Sector Central. Dirección: Calle Francisco Leyva, No. 11, col. Centro, edificio “Mina”, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Correo electrónico institucional: contraloria@morelos.gob.mx Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1902 y 1904. La Contraloría cuenta con buzones de quejas y sugerencias en las instalaciones de la Dirección General de Recaudación, donde puede emitir su queja por escrito.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.