Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Expedición de Permiso para Menores de 18 Años.
Clave: SMyT/DGTPPyP/004
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Movilidad y Transporte
Avenida Plan de Ayala (Plaza Arcos Cristal) Núm. 825, Col. Teopanzolco, C.P. 62350, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329 65 00
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio. Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular
Director General de Transporte Público, Privado y Particular
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? I.- Oficinas de la Secretaría de Movilidad y Transporte, ubicadas en Corporativo Arcos Cristal, “Plaza Cristal”, en Avenida Plan de Ayala número 825, Colonia Teopanzolco, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62350. Tel. (777) 329 6500 Ext. 6526.
II.- Delegación Yautepec.- Calle del Ganado Esq. Paseo Tlahuica, Barrio Rancho Nuevo s/n, Yautepec, Morelos. C.P. 62730. Tel. (735) 357 2264.
III.- Delegación Cuautla.- Doctor José G. Parres número 125, Colonia Emiliano Zapata, Cuautla, Morelos. C.P. 62740. Tel. Tel. (735) 468 5507..
IV.- Delegación Jonacatepec.- Plaza Emiliano Zapata número 17, Local 16 y 21, Colonia Centro, Jonacatepec, Morelos. C.P. 62930. Tel. (735) 688 6037.  V.- Delegación Xochitepec.- República de Costa Rica esquina con Calle Haití, Colonia Centro, Xochitepec, Morelos. C.P. 62790. Tel. (777) 365 7193.
VI.- Delegación Jojutla.- Boulevard Lázaro Cárdenas número 307, Colonia Cuauhtémoc, Jojutla de Juárez, Morelos. C.P. 62900. Tel. (734) 342 0492.
VII.- Delegación Jiutepec.- Calle Centenario número 96, esquina con Avenida de los 50 Metros, Manzana 1, Lote 8, Local “K”, Colonia Civac, Jiutepec, Morelos. C.P. 62578. Tel. (777) 331 2146.
VIII.- Delegación Puente de Ixtla.- Avenida Montes de Oca, Lote 1, Colonia Norte, Puente de Ixtla, Morelos. C.P. 62665. Tel. (751) 344 1561 y
IX.- Módulo de Cuernavaca.- Calle Cuauhtemotzin número 1, Colonia Club de Golf, Cuernavaca, Morelos. C.P. 62030 Tel. (777) 170 5227.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Debe presentarse el menor acompañado del padre, madre o tutor, legalmente acreditado para ostentarse con tal carácter (padre, madre o tutor). Debe comprobar que ha cumplido la edad de 16 años; cuando se requiera tramitar un permiso de conducir para menor de 18 años.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Se solicita de manera presencial y espontáneo. Para realizar el trámite es necesario que el padre, madre o tutor firme la carta responsiva. 

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a viernes de 08:00 a 15:00 hrs. (Excepto días festivos)
¿Plazo máximo de resolución? Mismo día.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia 1 Año
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Comprobante de pago 1
2 Acreditar domicilio en el Estado de Morelos. 1 1
3 Póliza del seguro del vehículo vigente. 1 1
4 Carta Responsiva y/o autorización de los padres o tutor del menor. 1
5 Acta de nacimiento del menor. 1 1
6 Acreditar identidad con fotografía del menor 1 1
7 Acreditar identidad con fotografía del padre, madre o tutor legalmente acreditado. 1 1
8 Aprobar examen teórico (Una persona Responsable del Área se encargará de dicha aplicación en el lugar y momento que solicite el trámite).


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
VALOR DE LA UMA: 108.57 (Unidad de Medida y Actualización) Costo para licencia de: 1.- Automovilista por 1 año: 5.9 (UMA) equivalente a $640.56 2.- Motociclista por 1 año: 6.4 (UMA) equivalente a $694.84
* *En los centros de cobro autorizados en el Estado, Telecomm, HSBC, Banorte, BBVA, Banamex, Banco Azteca, Elektra. https://www.hacienda.morelos.gob.mx/
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Medidas de Seguridad Sanitaria: El Contribuyente se apegará al cumplimiento de los Lineamientos Técnicos Específicos, que dicten las Autoridades Sanitarias Federal y Estatal, para el acceso a las instalaciones de las oficinas de Gobierno. Información adicional requerida: a) Los documentos que se requieren en original solo son para cotejo. b) No se requiere el acta de nacimiento actualizada o cotejada, siempre que dicho documento sea legible. c) Antes de realizar el pago por el trámite deberá verificar que cumple con toda la documentación requerida. d) Como parte de los requisitos debe aprobar el examen, el cual está basado en:  El Reglamento de Tránsito y Vialidad para el Municipio de Cuernavaca. http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/reglamentos_municipales/pdf/RTRANCVAMO.pdf">http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/reglamentos_municipales/pdf/RTRANCVAMO.pdf">http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/reglamentos_municipales/pdf/RTRANCVAMO.pdf  Señalamientos viales de México y  Conocimientos básicos de manejo. e) El pago no garantiza la conclusión de su trámite. f) Una vez realizado el pago podrá descargar su comprobante en la página oficial de la Secretaria de Hacienda, con la línea de captura que se encuentra en la póliza: https://www.hacienda.morelos.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios-en-linea/comprobantes-de-pago">https://www.hacienda.morelos.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios-en-linea/comprobantes-de-pago">https://www.hacienda.morelos.gob.mx/index.php/tramites-y-servicios-en-linea/comprobantes-de-pago


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Cumplir con los requisitos que se solicitan
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículo 84 fracción XIII inciso E) numerales 1 y 2 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; artículo 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; artículo 17 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos y Manual de Políticas y Procedimientos de la Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5936, de fecha 28 de abril de 2021; Artículos 42, 44 fracción II y 46 del Reglamento de Tránsito del Estado de Morelos.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dir. Calle Francisco Leyva No. 11, edificio Mina, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1937 y 1959. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dir. Calle Francisco Leyva No. 11, edificio Mina, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1937 y 1959. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.