Valoración: Valoración Descargar
Nombre del trámite o servicio: Inscripción a Programas de Capacitación y Consultorías para Empresas Turísticas.
Clave: ST/SPCCT/03
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Turismo y Cultura
Hidalgo Núm. 239, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 329 22 00, Ext. 1005 y 1006
Correo electrónico: julieta.goldzweig@morelos.gob.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Dirección General de Competitividad y Servicios Turísticos.
Director de Innovación y Calidad Turística.
Avenida Morelos Sur, número 187, Col. Las Palmas. C. P. 62050, Cuernavaca, Morelos. (777) 314 37 09, ext. 130
miguel.alvarez@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Únicamente en la Dirección General de Competitividad y Servicios Turísticos.


¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? El trámite lo puede presentar cualquier Ayuntamiento del Estado de Morelos, así como Cámaras, Asociaciones Civiles y prestadores de servicios del Sector Turístico, Cuando requieran capacitación y/o consultoría.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. Escrito original o mediante correo electrónico con la solicitud de la Inscripción al Programa de Capacitación y Consultoría para empresas turísticas. 

Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.
¿Plazo máximo de resolución? 5 días hábiles
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia No aplica
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Escrito original o correo electrónico para la solicitud de Inscripción a Programas de Capacitación y Consultoría para Empresas Turísticas 1 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Sin costo
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
Ninguna


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Hasta 5 días hábiles
Catálogo de Regulaciones:
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I; 4 fracción IX; 7 fracción XI; 9 fracción XII de la Ley General de Turismo; 31 fracción VII, XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3 fracción I, VII, XXII, XXIII; 8 fracción IV; 33, 41 fracción V, 41 bis; 55, 57, 58, 59 de la Ley de Turismo del Estado de Morelos; 15, fracción I, III, X, XIV, XXV, XXVI, XLI, Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y Cultura.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Secretaría de la Contraloría, Gobierno del Estado de Morelos, Gobierno del Estado de Morelos. Calle Francisco Leyva núm. 11 Colonia Centro, Edificio Mina 4° Piso, Cuernavaca, Morelos. Tels. 017773292300 extensión 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Secretaría de la Contraloría, Gobierno del Estado de Morelos, Gobierno del Estado de Morelos. Calle Francisco Leyva núm. 11 Colonia Centro, Edificio Mina 4° Piso, Cuernavaca, Morelos. Tels. 017773292300 extensión 1929. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.