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Nombre del trámite o servicio: Historial Académico en la UTSEM.
Clave: UTS/DSE/03
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Universidad Tecnológica del Sur del Estado de Morelos(UTSEM)
Carretera Puente de Ixtla-Mazatepec, Kilómetro 2.35, Núm. s/n, Col. 24 de Febrero, C.P.62665, Puente de Ixtla, Mor.
Teléfono: 01 (777) 3-29-22-00, extensión 62030
Correo electrónico: serviciosescolares@utsem-morelos.edu.mx
Ver ubicación
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Departamento de Servicios Escolares.
Jefe del Departamento de Servicios Escolares.
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Este trámite sólo puede realizarse en el Departamento de Servicios Escolares de la UTSEM.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Trámite personal para el alumno de la UTSEM, que pretenda obtener su historial académico.
Medio de presentación del trámite o servicio. Bitácora de solicitud de documentos. El estudiante deberá presentarse directamente a ventanilla del Departamento de Servicios Escolares de la UTSEM con el comprobante de pago se registrará en la “bitácora de solicitud de documentos”. 


Horario de Atención a la ciudadanía De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? 3 días hábiles posteriores al registro en “bitácora de solicitud de documentos”.
Vigencia No aplica.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Afirmativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Comprobante de Pago 1 2


Costo y forma de determinar el monto: Área de pago:
$65 equivalente a 0.76 Unidad de Medida y Actualización (UMA)

* Caja de la UTSEM o directamente en el banco a la cuenta BANCOMER Sucursal 7693 Cta. 0113530051
Observaciones Adicionales:
a) El horario para recibir pagos en la Tesorería de la UTSEM es de 9:00 a 12:00 horas; b) Para pago en Bancomer se deberá atender al horario establecido por dicha institución bancaria; y c) Sólo se realizarán registros en la “bitácora de solicitud de documentos” con pago realizado.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      El historial académico se referirá a las asignaturas cursadas al momento de la solicitud.
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 3, fracción I y 4, fracción XIV del Decreto que crea la Universidad Tecnológica del Sur del Estado de Morelos publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5005, del 25 de julio de 2012.; y numerales 54, 55 y 56 de las Políticas para la Operación, Desarrollo y Consolidación del Subsistema emitidas por el Subsecretario de Educación Superior e Investigación Científica de la Secretaría de Educación Pública el 30 de agosto del 2002. El costo del trámite se autorizó por el Consejo Directivo de la UTSEM mediante acuerdo UTSEM/A-4/SO4a/27/08/2019 en la Cuarta Sesión Ordinaria del ejercicio 2019.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Comisaría Pública en la UTSEM, con domicilio en carretera Puente de Ixtla-Mazatepec, kilómetro 2.35, colonia 24 de Febrero, C.P.62665, Puente de Ixtla, Morelos. Teléfono 01 (777) 962-10-25, extensión 62037, correo electrónico: vivianagutierrez@morelos.gob.mx


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.