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Nombre del trámite o servicio: Autorización para Transferencia de residuos sólidos urbanos
Clave: SDS/DGGA/DGIR/04
Trámite o Servicio:
Modalidad:
Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta Secretaría de Desarrollo Sustentable
Av. Palmira Núm. 12, Col. Centro, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 3 12 63 23
Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx
Web: http://tramites.morelos.gob.mx
Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.
Secretaría de Desarrollo Sustentable Av. Palmira No. 10. Col. Miguel Hidalgo C.P. 62040 Cuernavaca, Morelos. Teléfono: (777) 312 63 23 Correo electrónico: desarrollo.sustentable@morelos.gob.mx

Dirección General de Gestión Ambiental. Dirección de Gestión Integral de Residuos. Bajada Chapultepec Núm. 27, Col. Chapultepec Cuernavaca, Mor.
Teléfono: (777) 317 56 00 Ext. 108
Correo electrónico: 
zalluly.lona@morelos.gob.mx
¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio? Ninguna otra.
¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos? Toda persona física o moral que pretenda o se encuentre realizando actividades relacionadas con el manejo de residuos: 1. Transferencia de residuos sólidos urbanos.   Para realizar cualquier trámite deberá presentarse el propietario y/o representante legal o en su caso el gestor, quien deberá presentar la carta poder correspondiente.
Beneficio
Medio de presentación del trámite o servicio. La solicitud de autorización deberá realizarse requisitando y presentado debidamente firmando la solicitud de autorización para la siguiente actividad: 1. Transferencia de residuos sólidos urbanos.   https://morelos.gob.mx/?q=tramite&tramite=SDS/GA/50-1  

Horario de Atención a la ciudadanía Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 horas.
¿Plazo máximo de resolución? 90 días hábiles para la siguiente actividad: • Transferencia de residuos sólidos urbanos. Si durante la revisión de la solicitud y documentos presentados, se encontrase que falta información, se seguirá el siguiente procedimiento: • En el primer tercio del plazo, la SDS revisa y notifica al interesado en caso de requerir más información complementaria. • En el segundo tercio del plazo, el interesado deberá solventar las observaciones realizadas a su trámite. • En el tercer y último tercio la SDS autoriza y/o desecha el trámite en caso de omisión por parte del interesado.
Plazo con el que cuenta la Dependencia u Organismo para prevenir al solicitante, respecto del trámite.
Plazo para que el solicitante cumpla con la prevención.
Vigencia Un año para actividades relacionadas a: • Transferencia de residuos sólidos urbanos
Inspección ligada al trámite o servicio.
Ante el silencio de la autoridad aplica. Negativa ficta


Documentos que se requieren
No. Original Copia Adjunto
1 Formato de solicitud de autorización debidamente requisitado. 1
2 En el caso de personas morales, presentar acta constitutiva de la empresa, cuyo objeto social ampare las actividades que pretende desarrollar. 1
3 Documento jurídico que acredite al representante o apoderado legal (Solo para personas morales). 1
4 Identificación oficial del propietario o representante legal. 1
5 Registro Federal de Contribuyentes. 1
6 Comprobantes de la capacidad técnica del personal involucrado en el manejo de los residuos y sus riesgos sanitarios y ambientales. 1
7 Plan de emergencias el cual debe incluir según sea el caso posibles eventos como: incendio, explosión, inundación, derrame o diseminación de los residuos. 1
8 Licencia de uso de suelo expedida por la autoridad competente (vigente). 1
9 Croquis de ubicación de las instalaciones 1
10 Plano del proyecto ejecutivo de la planta en conjunto, el cual debe indicar la distribución de las áreas, incluyendo el almacén de residuos sólidos recibidos para su manejo y el área de manejo de residuos sólidos, según se trate. 1
11 Anexo fotográfico 1
12 Pago de derechos correspondiente 1


Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:
Autorización de operación de un centro de transferencia o disposición final de residuos sólidos: Con una cantidad de residuos que ingresan hasta 10 toneladas mensuales. El costo por el trámite es de 54.50 UMAS equivalente a $5,653.83 (Cinco mil seiscientos cincuenta y tres pesos 83/100 m.n.), según lo establece el artículo 85 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Para centros de transferencia que tienen un ingreso de 10 a 50 toneladas mensuales. El costo por el trámite es de a 87.50 UMAS equivalente a $9,077.25 (Nueve mil setenta y siete pesos 25/100 m.n.), según lo establece el artículo 85 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Para centros de transferencia que tienen un ingreso de 50 hasta 100 toneladas mensuales. El costo por el trámite es de a 131.00 UMAS equivalente a $13,589.94 (Trece mil quinientas ochenta y nueve pesos 94/100 m.n.), según lo establece el artículo 85 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Para centros de transferencia que tiene n un ingreso de más de 100 toneladas mensuales. El costo por el trámite es de a 218.00 UMAS equivalente a $22,615.32 (Veinte dos mil seiscientos quince pesos 92/100 m.n.), según lo establece el artículo 85 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Valor actual de la U.M.A. $ 103.74 (ciento tres pesos 74/100).
* Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Morelos o en la Institución Bancaria autorizada para tal efecto, a través del formato de pago múltiple que maneja la Secretaría de Desarrollo Sustentable. En la póliza de pago generada a través de la página de Hacienda Morelos, señala más formas de pago, se recomienda señalarlas. Realizar el pago a través de depósitos bancarios en las siguientes instituciones: ● BANORTE: 42124 ● HSBC: RAP (Clave de servicio) 2420 ● BANCOMER: 753653 ● CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 ● BANCO AZTECA y ELEKTRA ● SUCURSALES TELECOMM TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA ● HSBC CUENTA SPEI-PIRE: 021180550300024203 ● HSBC: RAP 2420 ● CITIBANAMEX: GOB MORELOS WS 4579/01 PAGOS CON CHEQUE EN: ● BANORTE: 42124 PARA REIMPRIMIR SU RECIBO DIGITAL, UTILICE LA LÍNEA DE CAPTURA AQUÍ INDICADA EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN http://www.hacienda.morelos.gob.mx
Abrir archivo adjunto:
Vigencia de la línea de captura para realizar el pago
Observaciones Adicionales:
El formato deberá estar requisitado al 100% y se deberán presentar todos los documentos que en él se indican, mismos que deben ser legibles o en su defecto, se dará por hecho que se omitió su presentación, los originales son únicamente para cotejo.


CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:
Se establecen condicionantes, con el objeto de mitigar cualquier impacto ambiental derivados de la actividad que se autoriza
Catálogo de Regulaciones:
https://cemer.morelos.gob.mx/catalogo-de-regulaciones
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:       Artículos 8 fracciones V, IX, XI y XX, 66, 67, 80 fracción II, y 97 fracciones X y XI de la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4561, de fecha 17 de enero de 2020; artículos 4, fracciones IX, XIV y XVIII inciso (d), 24, 25, 38, 41, 42, 44, 46, 47 fracción IV, 48 y 50 último párrafo del Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4596, de fecha 08 de octubre de 2021; 46, 47, 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5726 de fecha tres de febrero de 2021; y 85 fracción IV, inciso A) numerales 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4 de la Ley General de Hacienda del Gobierno del Estado de Morelos, publicada el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4472 de fecha treinta y uno de diciembre de 2020.
PROTESTA CIUDADANA:
El solicitante podrá presentar una Protesta Ciudadana a través de una Plataforma Electrónica https://protestaciudadanamorelos.mx/ o presencial en la CEMER, cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del trámite o servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones V , VI, VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII y XVIII del artículo 52 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios.
QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, ubicada en Calle Francisco Leyva número 11, Edificio Mina 2º Piso, Colonia Centro C.P. 62000 Teléfonos: 3292200. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx. Dirección de Contralorías Internas del Sector Central, ubicada en Calle Francisco Leyva número 11, Edificio Mina 2º Piso, Colonia Centro C.P. 62000 Teléfonos: 3292200. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx.


NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.